Visas

Last modified at 07/10/2022 18:35 by DGME

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Visas

La visa constituye una autorización de ingreso a un país.  En el caso de Costa Rica, existe una normativa llamada Directrices de Visas de Ingreso, mediante la cual se establece, según el país, es decir, la nacionalidad, que tipo de visa debe solicitar la persona. Por lo que antes de elegir una visa es importante que revise la directriz.


Recuerde que para la presentación de la documentación, deberá sacar una cita llamando al Call Center de Migración, 1311 o a través de Citas Trámites Migratorios, Visas, a través del Portal de Citas en el sitio web.

​​​​Cambios principales de la Circular DG-0018-07-2022-DG-UV.pdf

​ Adenda a las Directrices Generales de Visas: Circular DG-0027-09-2022-DG-UV.pdf

TEMPORADA DE CRUCEROS: Exoneración temporal de visa para Colombia, Ecuador y República Dominicana: Resolución D.JUR-0126-09-2022-ABM.pdf


Además de la visa, para visitar Costa Rica las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tiquete de continuidad de viaje o retorno al país de procedencia.

  2. Demostración de solvencia económica, que corresponde a US$100,00 por cada mes de turismo.

  3. Pasaporte en buen estado. La vigencia mínima del pasaportes corresponderá al grupo en el cual se ubique la persona extranjera, según la Directriz de Ingreso​ a Costa Rica:​

    • Para los nacionales ubicados en el Primer Grupo, hasta 1 día.
    • Para los nacionales ubicados en el Segundo Grupo, vigencia obligatoria de 3 meses.
    • Para los nacionales del Tercer y Cuarto Grupo, vigencia obligatoria de 6 meses.

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