La ley General de Migración y Extranjería
n°8764, establece como función de la Dirección General
de Migración y Extranjería, la ejecución del control ordenado de las
migraciones, basado en los derechos humanos.
A la vez, el artículo 5 de la citada ley,
establece como obligación del Poder Ejecutivo, el dictado de la política
migratoria nacional, y la regulación de los flujos migratorios que
favorezcan el desarrollo social, económico y cultural del país, en concordancia
con la seguridad pública y velando por la integración social y la seguridad
jurídica de las personas extranjeras que residan legalmente en el
territorio costarricense.
Tomando como base lo anterior, en este
apartado encontrará información relacionada con la política migratoria y la Policía Profesional
de Migración.
Región de Tabs
Control
Policía Profesional
Gestión Centros de Aprehensión
Ingreso
Para
ingresar a Costa Rica toda persona extranjera deberá presentar lo
siguiente:
Demostrar su nacionalidad mediante la
presentación de su pasaporte.
Pasaporte o documento de viaje aceptado
por la Dirección
General de Migración, con una vigencia mínima
de tres meses para
los nacionales de los países ubicados en el primer y segundo grupo de las Directrices de Ingreso
y seis meses para los
que integran el tercer y
cuatro grupo de dichas directrices.
Visa, en el caso que lo requiera.
Comprobar su solvencia económica.Cien dólares (US$100) por cada
mes autorizado a permanecer en el país.
Aportar tiquete, boleto o pasaje de
regreso o continuación de viaje, tratándose de un medio de
transporte comercial, si es un medio de transporte privado aéreo
deberá presentar el plan de vuelo y de tratarse de un medio
marítimo el plan de navegación.
No contar con impedimento de ingresar al
país.
Las personas residentes legales en Costa
Rica deberán presentar su cédula de residencia.
Rechazo
El rechazo
es una acción mediante la cual la autoridad migratoria niega a una
persona extranjera su ingreso al territorio nacional y ordena su
traslado inmediato al país de origen o procedencia, o a un tercer
país que lo admita.
El rechazo
puede darse cuando la persona extranjera:
No cumpla
con los requisitos de ingreso exigidos por la ley.
Presente
algún impedimento de ingreso al país.
Sea
sorprendida intentando evadir el control migratorio o ingresado
por un lugar no habilitado.
Deportación
La Deportación
es un acto ordenado por la Dirección
General de Migración mediante el cual una persona
extranjera es puesta fuera del territorio nacional.Esta acción se realiza cuando la
persona extranjera:
a.Haya
ingresado clandestinamente al país o sin cumplir las normas de
ingreso y permanencia.
b.Haya
obtenido el ingreso y/o permanencia en el país por medio de
declaraciones o la presentación de visas o documentos falsos o
alterados.
c.Permanezca
en el país, una vez vencido el plazo autorizado.
d.Haya
sido invitado a abandonar el país y no lo realizó en el plazo
dispuesto.
La persona
extranjera que es deportada no podrá reingresar al país por un
período de cinco años, salvo las excepciones autorizadas por el o la Directora
General de la Dirección
General de Migración.
La Policía Profesional de Migración
es un cuerpo policial especializado de la Fuerza Pública,
adscrito a la Dirección
General de Migración y Extranjería, cuya competencia
abarca todo el territorio nacional.
Dentro de sus funciones se
encuentran:
Región de
Acordeón
Misión
Somos
el cuerpo policial de la Dirección
General de Migración y Extranjería,
especializado, integrado, profesional, técnico y científico,
ejecutor del control migratorio a nivel nacional, que coadyuva al
desarrollo y a la seguridad del país, bajo principios éticos y
morales, respetando los derechos humanos.
Visión
Ser una policía migratoria especializada
en la lucha contra el crimen organizado internacional y de
corrientes delictivasmigratorias; reconocida por su excelencia, compromiso,
credibilidad, confianza y respeto, adaptando su accionar a los
cambiosdel fenómeno
migratorio.
Objetivos
estratégicos
1.Implementar programas de
capacitación permanentes y especializados.
2.Desarrollar un programa de
fronteras integradas que facilite el ejercicio delcontrol migratorio.
3.Dotar de los recursos humanos,
tecnológicos, equipos y suministros.
4.Fortalecer las prácticas de
investigación y preparación de casos enfocados hacia el crimen
organizado.
5.
Mejorar los canales de comunicación y coordinación intra e
interinstitucional.
Algunas funciones
1.Velar
por el estricto cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Migración
y sus reglamentos; de la Ley
General de Policía y su reglamento.
2.Realizar, con pleno respeto a los derechos humanos, el
control migratorio durante el ingreso y egreso de las personas
extranjeras al país.
3.Realizar investigaciones sobre los delitos de tráfico y
trata de personas.
4.Actuar
con la diligencia debida para asistir y proteger a las víctimas
del delito de la trata de personas, así como las personas cuya
vida o seguridad esté o haya sido puesta en peligro.
5.Solicitar documentos de identificación de las personas,
para determinar su condición migratoria, y realizar estudios
sobre la veracidad de dichos documentos.
6.Efectuar el control migratorio de las personas extranjeras
en cualquier lugar del país y en los medios de transporte
nacional, internacional y particular, con el propósito de
verificar su condición migratoria.
7.Autorizar o denegar el ingreso y egreso de personas
extranjeras en los aeropuertos, puertos y puestos fronterizos
8.Llevar
a cabo actividades preventivas que desestimulen la violencia y la
criminalidad en materia migratoria
La Dirección General cuenta con la Gestión de Centros
de Aprehensión Temporal para Extranjeros en Condición Irregular, la cual
cumple un rol primordial dentro del proceso de control migratorio;
centrando su obligación institucional en administrar, custodiar y
supervisar el ingreso y la permanencia de las personas extranjeras en
condición irregular dentro del centro de aprehensión, previo a
concretar su deportación, garantizando a la vez, el debido respeto a
sus derechos y su seguridad.
Región de Acordeón
Misión
Atender
con la máxima eficiencia y eficacia los procesos técnicos,
administrativos, y de seguridad que se requieran para la adecuada
atención de la población extranjera aprehendida, dada su
condición migratoria irregular, según la doctrina del debido
proceso, desarrollando valores de respeto, disciplina y
tolerancia propios de los derechos humanos; en procura de que la
permanencia en un Centro sea la estrictamente necesaria,
concretando el pronto retorno de la persona extranjera a su país
de origen.
Visión
Ser una
entidad gubernamental de máxima calidad de servicio público y en
constante modernización.Capaz de garantizar la seguridad jurídica de las personas
extranjeras aprehendidas en todo momento; caracterizándose por el
respeto de la dignidad de las personas aprehendidas; y
garantizando una respuesta ágil y efectiva en sus actuaciones,
propias de una Costa Rica democrática y solidaria.
Centros de
Aprehensión
Actualmente
la Dirección
General de Migración y Extranjería cuenta con
un único centro de aprehensión ubicado en Hatillo.
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